Para hacerlo, el jefe de los fiscales, César Sotelo, suscribió el último viernes la Instrucción General n.° 53. Con ella también se busca que los fiscales conozcan qué evidencias reunir para sostener los juicios por microtráfico y los casos no se estanquen en “tenencia simple”, combatan al “narcomenudeo violento” que usa armas, menores o disputa territorios y no se sature el sistema con el último eslabón de consumo, sin impacto en la seguridad pública
El fiscal general, César Sotelo, aprobó el último viernes un protocolo para asegurar una eficiente persecución penal del narcomenudeo a través de la coordinación entre el Ministerio Público y las fuerzas de seguridad. Después de la adhesión provincial a la Ley de Estupefacientes, las unidades fiscales de las cinco circunscripciones judiciales deberán asumir la competencia de las investigaciones de ese delito, hasta tanto se pongan en funcionamiento fiscalías especializadas en la materia.
Con la Ley provincial n.° 6725, promulgada el 9 de diciembre del último año, Corrientes traspasó –a partir del 1 de este mes– de la órbita federal hacia su sistema judicial la persecución de ciertos delitos estipulados tanto en la Ley Nacional n.° 23737 y sus modificatorias como en el Código Penal, acerca de la tenencia, tráfico, producción y comercialización de drogas. En todos los casos, la norma es clara: el bien protegido es la salud pública.
La legislación fija prioridades para combatir el narcomenudeo, amén de otras que determine la Fiscalía General por razones de política criminal o utilidad social, y crea, además, áreas y organismos políticos y policiales nuevos (por caso, la Subsecretaría de Inteligencia Criminal, Delitos Conexos y Crimen Organizado y la Central de Inteligencia y Operaciones Especiales, CIOPE) para la trabajo de campo en las investigaciones y un mapeo continuo y detallado del microtráfico de drogas.
En ese sentido, se torna vital la coordinación entre estas nuevas dependencias –responsables de la “persecución penal reactiva” y los fiscales como directores de toda investigación. Y tal como expresa puntualmente la Instrucción General n.° 53, uno de los ejes principales de ese entendimiento es el resguardo de los datos e información que surjan de las investigaciones. Otro: establecer una doctrina única de persecución penal y estrategias para el abordaje de casos.
El microtráfico de drogas y delitos accesorios presenta complejidades características, por lo que el “Protocolo para la Actuación Coordinada de las Fuerzas de Seguridad y el Ministerio Público Fiscal en la Investigación de Delitos previstos en la Ley n.° 6725” tiene, entre otros, objetivos tales como:
-Que los fiscales conozcan qué evidencias reunir para sostener en juicio la comercialización de drogas (narcomenudeo) y los casos no se estanquen en “tenencia simple”
-Se unifiquen criterios de actuación y de oportunidad y selectividad de casos, a fin de orientar los recursos hacia el narcomenudeo violento (usa armas, menores o disputa territorios)
-Se evite saturar el sistema con el último eslabón de consumo, sin impacto en la seguridad pública, y se coordine de forma inteligente la información para que el combate al narcomenudeo local refuerce las investigaciones federales.
La instrucción también solicita a la cartera de Seguridad que garantice la inmediata implementación del protocolo por parte de los miembros de la policía provincial en todo el territorio provincial.
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