El proyecto del viceintendente Carlos Oviedo fue aprobado en la sesión ordinaria del 16 de junio, sobre la creación del museo del pescador que funcionará en las instalaciones del Sótano del Centro Cultural Municipal.
Se trata del primer museo temático de nuestra ciudad institucionalizado a través de una ordenanza. El Honorable Concejo Deliberante dio su aprobación por unanimidad el pasado miércoles.
De esta manera se formaliza la creación del “Museo Municipal Temático del Pescador”, llevará el nombre Juan Carlos “Piquiro” Gutiérrez, en reconocimiento a su impulso y los aportes para el desarrollo y el crecimiento integral de la Actividad Turística en esta Ciudad.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ESQUINA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
ARTICULO 1º: CRÉASE en la Ciudad de Esquina, Corrientes, el “Museo MUNICIPAL TEMÁTICO del PESCADOR”, que funcionará provisoriamente en las instalaciones del Sótano del Centro Cultural Municipal y que llevará el nombre Juan Carlos “Piquiro” Gutiérrez, en reconocimiento a su impulso y los aportes para el desarrollo y el crecimiento integral de la Actividad Turística en esta Ciudad.
ARTICULO 2º: El “Museo MUNICIPAL TEMÁTICO del PESCADOR”, de la Ciudad de Esquina, tendrá como objeto, la salvaguardia y revalorización del patrimonio cultural y natural, que testimonien el origen y evolución histórica del Pescador de la Ciudad y de la Provincia y la evolución turística y trascendencia local de la actividad de pesca como un deporte sano que puede combinar la actividad económica y el disfrute y preservación del medio ambiente y sus recursos. Por lo tanto, se deberá reunir, clasificar, custodiar, mantener y exponer al público documentos, fotografías, cuadros, otros bienes y piezas que sean de interés para documentar o mostrar la historia del Sr. Juan Carlos Gutiérrez, conforme lo supra expuesto, que sean donado por su familia y del Pescador de ésta Ciudad y de la Provincia de Corrientes, su cultura, sus costumbres e historia.
ARTICULO 3º: El “Museo MUNICIPAL TEMÁTICO del PESCADOR”, de la Ciudad de Esquina, funcionará en el inmueble que se afecte por el Departamento Ejecutivo, que deberá cumplir las condiciones necesarias para su fin y se caracterizará, en cumplimiento con su objeto, por su apertura al medio y por el protagonismo de todos los vecinos de la Ciudad y para atractivo de sus Visitantes, debiéndose asignar el personal necesario para realizar su custodia y debida preservación a lo largo del tiempo, como
legado a la póstumas generaciones.
ARTICULO 4º: AUTORIZAR al D.E.M., a recepcionar con beneficio Inventario la donación de bienes de la Familia del Sr. Juan Carlos “Piquiro” Gutiérrez, en cumplimiento al Artículo 138 inciso 52 de la Carta Orgánica Municipal.
ARTÍCULO 5°: La organización y funcionamiento del “Museo MUNICIPAL TEMÁTICO del PESCADOR” de la Ciudad de Esquina, estará a cargo del area que el D.E.M. Determine, quien cumplimentado lo dispuesto en el Artículo 4º, recepcionará los bienes donados por la Familia del Sr. Juan Carlos Gutiérrez.
ARTÍCULO 6°: El D.E.M., a través de la Dirección de Cultura Municipal tendrá como responsabilidad organizar el Acto Público de carácter Protocolar e Institucional de imposición del nombre del “Museo MUNICIPAL TEMÁTICO del PESCADOR”, según lo señalado en el Articulo 1º de la presente Ordenanza. A su vez, cursará invitaciones a los: Familiares del Sr. Juan Carlos “Piquiro” Gutiérrez (Esposa, Hijos, Amigos y demás Afectos), Instituciones afines al Turismo y de la Cultura, al H.C.D., demás
instituciones intermedias del ámbito Gubernamental y no Gubernamental con el objeto
de cumplir los objetivos previsto en la normativa municipal.
ARTICULO 7°: FACULTAR al D.E.M., a través de las aéreas competentes a incorporar la Creación del Museo Municipal del Pescador de la Ciudad de Esquina, en todas las Guías de Cultura y Turismo Oficial del Municipio y en otros medios de publicidad eficientes para su debida difusión.
ARTICULO 8°: GIRAR, copia de la presente al D.E.M., a los Familiares de Juan Carlos “Piquiro” Gutiérrez, a la Secretaría de Turismo, Dirección de Cultura, Dirección de Deportes, a la Cámara de Turismo de Esquina, a la Cámara de Comercio de Esquina y al Ministerio de Turismo de la Provincia de Corrientes, para su conocimiento y demás efectos pertinentes.
ARTICULO 9º: COMUNICAR, Publicar, Dar al R.H.C.D., y Archivar.-
Esquina, Corrientes, 16 de Junio de 2021.