Confirmado: las elecciones internas de la UCR serán el año que viene
Así lo determinó el juez con competencia electoral Juan Carlos Vallejos, en un fallo conocido en las últimas horas. Ricardo Colombi ya lo había anticipado el jueves en sus redes sociales.
El juez federal con competencia electoral, Juan Carlos Vallejos, informó que las elecciones internas de la Unión Cívica Radical (UCR) se realizarán en mayo del año que viene, y no este domingo como estaban previstas.
En su fallo, el juez sostiene que «en virtud de ello corresponde establecer que está vigente el cronograma electoral del Partido Unión Cívica Radical previsto en el Acta N° 26 del Comité Central, para el mes de mayo de 2025″.
Además, indica que lo determinado el jueves por la Cámara Nacional Electoral «es de cumplimiento obligatorio para esta magistratura y su no acatamiento implicaría lisa y llanamente un alzamiento contra lo decidido por el máximo órgano judicial del país en materia electoral».
Ayer en sus redes sociales, el exgobernador y actual presidente de la UCR, Ricardo Colombi, había anticipado que el acto eleccionario se va a realizar el 18 de mayo.
FALLO DE LA CÁMARA NACIONAL ELECTORAL
La Justicia le dio la razón a Ricardo Colombi y mandó a votar en mayo del año que viene la renovación de autoridades de la Unión Cívica Radical en Corrientes, contra la posición del sector que lidera el gobernador, Gustavo Valdés, que insistió en las últimas horas que tanto la lista única presentada a nivel provincial es válida en este proceso, como los comicios en las comunas donde no hubo consenso, que se deberán realizar este domingo.
La Cámara Nacional Electoral (CNE) le dió la razón a Ricardo Colombi y revocó la medida cautelar dictada por el juez federal con competencia electoral de Corrientes que había dejado sin efecto la resolución del Comité Central que postergaba las elecciones internas hasta el 18 de mayo de 2025. Sin embargo, la Junta Electoral partidaria informó ahora que la Convención resolvió el 14 de octubre, dos días después de la presentación de listas de candidatos (el 12 de octubre), dejar sin efecto los artículos 1 y 2 de la resolución 26/2024 del Comité Central que postergaba las elecciones hasta 2025. Por eso, desde la Junta Electoral insisten en que este domingo se votará.
Resolución N°390 /24.
Corrientes, 25 de octubre de 2024.
VISTO: El EXPTE. N° CNE 5029076/87 caratulado “UNION CIVICA RADICAL S/ RECONOCIMIENTO DE
PERSONALIDAD JURIDICO POLITICA”, que tramita en el Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 de Corrientes con competencia electoral, y
CONSIDERANDO:
- Que se toma razón de la Resolución de fecha 24 de octubre del cte. año de la Cámara Nacional Electoral en los autos caratulados;
“Recurso de apelación de Unión Cívica Radical en autos Unión Cívica Radical s/reconocimiento de personalidad jurídico política” (Expte. Nº CNE 5029076/1987/6/CA6), en cuanto resolvió “Revocar la
resolución apelada” (No. 337/24), de esta magistratura que concedió una medida cautelar que suspendió los efectos de la decisión del Acta No. 26 del Comité Central de ese partido, que prorrogó el acto
eleccionario convocado por la Convención de la agrupación para el día domingo 27 de Octubre, estableciéndolo para el día 18 de mayo de 2025.
Con otro giro, la Alzada decidió revocar la suspensión
dispuesta por esta magistratura y confirmó la nueva fecha establecida
Comité Central para el 18 de mayo de 2025 a afín que los afiliados
concurran a votar.
- En virtud de ello, corresponde cumplir lo dispuesto por la
Cámara Nacional Electoral, dejando sin efecto la providencia de fecha
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adjunta y tener por comunicadas las Actas N° 5 y N° 9 de la Junta
Electoral partidaria de la Unión Cívica Radical-Distrito Corrientes, en
las cuales se había procedido a proclamar las autoridades donde se
presentaron listas únicas. Es que esa proclamación de autoridades fue
dictada en el marco de la vigencia la medida cautelar dejada sin efecto
el día ayer por la Cámara Electoral, y al quedar sin efecto la
precautoria, pierden virtualidad los actos y resoluciones judiciales
dictadas en consecuencia.
- En virtud de ello corresponde establecer que está vigente el
cronograma electoral del Partido Unión Cívica Radical previsto en el
Acta N° 26 del Comité Central, para el mes de mayo de 2025.
- Que lo resuelto por la Alzada es de cumplimiento obligatorio
para esta magistratura y su no acatamiento implicaría lisa y llanamente
un alzamiento contra lo decidido por el máximo órgano judicial del
país en materia electoral.
- Por todo lo expuesto, RESUELVO:
1-Cúmplase lo dispuesto por la Excma. Cámara Nacional Electoral en
la Resolución de fecha 24 de octubre de 2024, dictada en la causa:
“Recurso de apelación de Unión Cívica Radical en autos Unión Cívica
Radical s/reconocimiento de personalidad jurídico política” (Expte. Nº
CNE 5029076/1987/6/CA6).
2-Hacer saber a la Junta Electoral del Partido Unión Cívica Radical y
a las autoridades partidarias la vigencia del cronograma electoral con
los alcances establecidos en la Acta N° 26 de fecha 10 de octubre de
2024, dictada por el Comité Central del Partido Unión Cívica Radical.
3-Notifíquese.
Fecha de firma: 25/10/2024
Firmado por: DR. JUAN CARLOS VALLEJOS, JUEZ FEDERAL SUBROGANTE
Firmado(ante mi) por: MARIA INES COZZI MONTIGLIA, PROSECRETARIA ELECTORAL