LOCALES

Costanera «Diego Maradona», dan a conocer sentido de circulación vehicular

El 20 de julio se inauguró el proyecto en la zona costera. Se circulará de este a oeste, según resolución N° 467 del DEM.

MUNICIPALIDAD DE ESQUINA – RESOLUCIÓN N° 467/2023

VISTO:
La Carta Orgánica Municipal, la Constitución de la Provincia de Corrientes, y la finalización de las obras en la zona de costanera municipal, y la necesidad de asignar nombre y sentido de circulación, y adecuar el sentido de dirección de la costanera Juan D. Perón y los estacionamientos apropiados a esta obra, y;

CONSIDERANDO:
1°) QUE, por un lado, es dable destacar que a través del PLAN “ARGENTINA HACE” suscripto por el Municipio de Esquina con organismos nacionales dependientes del Ministerio de Obras Públicas, con el objetivo de promover la reactivación de las economías locales del sector de la construcción, mediante la realización de obras de infraestructura social básica de ejecución rápida en todo el territorio nacional, se llevó a cabo la ejecución, hasta su finalización de la obra denominada “Ampliación de Costanera Norte”, próxima a inaugurarse públicamente.
QUE, la Municipalidad de Esquina, se comprometió a llevar adelante el procedimiento ajustado al convenio mencionado y a las obras detalladas en la carpeta remitida por la Dirección de planificación estratégica de este Municipio, y se llevó a cabo la ejecución de pavimento, muro de contención, veredas, iluminación y demás que se encuentran a la vista de la comunidad.
QUE, es imprescindible dar un nombre a esta nueva vía de circulación y dar un sentido de dirección, razón por la cual se procederá a DESIGNAR CON EL NOMBRE “DIEGO A. MARADONA” a la nueva Avenida Costanera en su extensión que comienza desde la intersección con la calle Belgrano y Baibiene, y hasta la unión con la calle Benito Lamela, el cual tendrá el sentido de circulación NORTE-SUR.
2) QUE, asimismo, resulta que deberá modificarse el sentido de circulación la Av. Costanera Juan D. Perón, con el objeto de que la misma sea la continuación de la obra nueva referenciada ut-supra, y disponer que en adelante el sentido de circulación de la misma sea de forma desde el cardinal ESTE hacia el OESTE. Es decir, en el sentido desde la Calle B. Lamela (Continuación costanera Diego A. Maradona), y hasta la confrontación con la calle Cecilio Carreras y 25 de Mayo respectivamente.
3°) QUE, con el objeto de poder observar la costa del Río Corriente en el sentido de circulación que se dará a partir de la presente, se establecerá una excepción a las normas de ESTACIONAMIENTO en ambas avenidas mencionadas. A partir de la presente, y durante toda su extensión el estacionamiento se hará sobre la mano izquierda, debiendo la Dirección de Seguridad Urbana y Vial determinar los lugares que habilitará al efecto, y proceder a su señalización correspondiente.
4°) QUE, deberá darse publicidad en los medios de prensa locales, en redes sociales y procederse a la señalética correspondiente a los efectos del debido conocimiento por la comunidad. La norma entrara en vigencia el 17 de julio del corriente año.
5º) QUE, el marco normativo aplicable surge del art. 151 de la Carta Orgánica en concordancia con el Art. 10 de la COM cuando dispone “Competencia material del municipio: INC. j) uso de calles, veredas, superficie, subsuelo y espacio aéreo. Artículo 191: Son bienes públicos del Municipio las calles, paseos, parques, plazas, caminos, canales, puentes, cementerios y cualquier obra pública construida por la municipalidad o por su orden para utilidad o comodidad común. Como así también del art. 225 de la Constitución de la Provincia de Corrientes.
POR ELLO, EL
INTENDENTE MUNCIPAL
RESUELVE

ARTÍCULO 1º: DESIGNAR CON EL NOMBRE “DIEGO A. MARADONA” a la Avenida costanera en su extensión que va desde la intersección de las calles Belgrano y Baibiene, hasta la unión con la calle Benito Lamela, en la intersección con la Av. Costanera Juan D. Perón. Disponer que el sentido de circulación sea en dirección NORTE-SUR.
ARTÍCULO 2°: MODIFICAR EL SENTIDO DE CIRCULACIÓN Y DISPONER QUE EN ADELANTE LA AV. COSTANERA JUAN D. PERÓN SEA EN SENTIDO ESTE-OESTE, desde la Calle Lamela (continuación de nueva costanera Diego A. Maradona), y hasta la confrontación con la calle Cecilio Carreras, intersección de calle 25 de mayo respectivamente.
ARTÍCULO 3°: DISPONER QUE EL ESTACIONAMIENTO en ambas avenidas mencionadas, sea en toda su extensión sobre la mano izquierda, autorizando a la Dirección de Seguridad Urbana y Vial a determinar los lugares y modo, y proceder a su señalización correspondiente.
ARTÍCULO 4°: La presente resolución entrará en vigencia el día 17 DE JULIO del corriente año.
ARTÍCULO 5°: ELEVAR en forma inmediata al H.C.D. para su oportuno tratamiento y ratificación, el cual se incorporará al orden del día pertinente.
ARTÍCULO 6°: GIRAR COPIA de la presente a la Dirección de Seguridad Urbana y Vial, a la Sec. De Obras Públicas, a la dirección de catastro municipal, a las diferentes Comisarias departamentales, y a las instituciones que se estime pertinente, para su conocimiento y demás efectos. –
ARTÍCULO 7°: COMUNICAR A LA PRENSA, PUBLICAR EN LA PAGINA WEB DEL MUNICIPIO, EN LAS REDES SOCIALES, DAR AL R.M. Y ARCHIVAR.

        Esquina, (Ctes.) 14 de Julio de 2023.

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