El Municipio habilita nuevas actividades
Mediante la Resolución 454/2021, publicada este jueves se autorizaron nuevas actividades en el municipio de Esquina. Conoce las detalles en la nota.
Reuniones sociales y familiares al aire libre, extienden horarios de gimnasios, bares, restaurantes, complejos de fútbol 5. Actividades religiosas, misas y culto con capacidad de 30 %. Reuniones sociales con servicio de catering.
RESOLUCIÓN Nº 454 / 2021
VISTO:
La situación epidemiológica actual de la provincia de Corrientes, el informe epidemiológico del Hospital San Roque de nuestra localidad, y las sugerencias emitidas por el Comité de Crisis Local, Y;
CONSIDERANDO:
QUE, debido a le pandemia del COVID-l9 la Ciudad de Esquina, se encuentra en la denominada Fase 3 del Aislamiento, Preventivo y Obligatorio;
QUE, frente a esta situación el Comité de Crisis Local, sugiere la adopción de nuevas medidas preventivas y restrictivas, consistentes en extender actividades y horarios permitidos hasta el momento en todo el territorio de la Ciudad de Esquina;
QUE, conforme el artículo 151, inciso 38 de la Carta Orgánica Municipal, es una atribución y deber del Intendente Municipal, VELAR por la Salud Pública; de allí que resulta imperiosa la necesidad de contemplar las sugerencias del Comité de Crisis Local;
POR ELLO
EL INTENDENTE MUNICIPAL
RESUELVE
ARTICULO 1º: ADMITIR el funcionamiento de los Bares, Comedores, Restaurantes, Heladerías y Kioscos, hasta las 02:00 hs., dándose estricto cumplimiento a las medidas sanitarias y protocolos vigentes.-
ARTICULO 2º: PERMITIR la apertura de los gimnasios hasta las 23:00 hs. al igual que las actividades físicas deportivas e individuales, las canchas de futbol 5 estarán habilitadas hasta las 00:00 hs.-
ARTÍCULO 3º: AUTORIZAR el funcionamiento de Hoteles, Cabañas y Alojamientos con actividad normal.-
ARTÍCULO 4º: ADMITIR celebraciones de culto con una capacidad de 30 % y todas las medidas sanitarias y protocolos vigentes.-
ARTÍCULO 5º: PERMITIR los eventos sociales con servicio de catering, con el cumplimiento estricto de protocolos sanitarios presentados oportunamente por cada empresa.-
ARTÍCULO 6º: AUTORIZAR reuniones sociales y familiares hasta las 02:00 hs., al aire libre.-
ARTÍCULO 7º: GIRAR copia de la presente a la Secretaría de Coordinación General, a la Dirección de Asuntos Legales, al Director del Hospital San Roque, al Tribunal Administrativo de Faltas, a las Comisarías Primera, Segunda, Priar y de la Mujer, al Destacamento de la Prefectura Naval Argentina, al Juez de Instrucción y Correccional de Esquina, y al HCD, para su conocimiento y demás efectos.
ARTÍCULO 8º: COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL R.M. Y ARCHIVAR.
Esquina Ctes., 19 de Agosto de 2021.