El Juzgado Civil, Comercial y Laboral ordenó al Municipio presentar un plan integral de gestión de residuos y avanzar con el saneamiento del basural de Santa Librada, bajo estrictos plazos y control judicial.
El Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Esquina, a cargo de la Dra. María Lourdes Silvero, resolvió exigir a la Municipalidad de Esquina la implementación urgente de un Plan Integral de Gestión y Tratamiento de Residuos Domiciliarios y Patológicos, en el marco de la causa vinculada al vertedero municipal de Santa Librada.
La resolución fue dictada tras la audiencia pública realizada de manera virtual a través de la plataforma Inveniet, donde participaron autoridades municipales, representantes de la cooperativa de trabajo que opera en el basural, funcionarios ambientales y vecinos afectados de la zona. La causa se inició por impulso de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Rurales y Ambientales, ante denuncias por el impacto ambiental negativo y la vulneración de derechos colectivos.
El Tribunal valoró los avances iniciales que el Municipio comenzó a ejecutar antes de la audiencia, pero subrayó que estos serán considerados únicamente como cumplimientos parciales y que todo el proceso estará sujeto a estricto control judicial y fiscalización técnica periódica, para garantizar que las medidas no se limiten a un cumplimiento meramente formal.
Plazos y obligaciones
Entre las medidas impuestas, la Municipalidad de Esquina deberá:
- Presentar en 60 días un plan integral de gestión de residuos que contemple todas las etapas, desde la generación hasta la disposición final, con la correspondiente asignación de recursos presupuestarios.
- Informar al Juzgado, en forma detallada y documentada, cada 30 días sobre el estado de avance y ejecución del plan y las acciones emprendidas.
- Informar el estado de cumplimiento del saneamiento ambiental del basurero municipal, especificando medidas adoptadas, contrataciones, avances físicos y presupuestarios, así como la articulación con organismos provinciales y nacionales.
- Adjuntar en un plazo de 24 horas la constancia de inicio del trámite del Estudio de Impacto Ambiental ante el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente (ICAA).
El incumplimiento de los plazos y obligaciones dispuestos podría derivar en sanciones legales. La resolución ratifica que la responsabilidad del Municipio es de carácter progresivo pero efectivo y verificable, con el objetivo de garantizar la remediación y la erradicación del pasivo ambiental que afecta a la comunidad de Santa Librada.
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