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LOCALES

Judicialmente otorgan prótesis para cirugía en Esquina

Lo confirmó Juan Domingo Lotero, «Se obtuvo la medida cautelar innovativa solicitada a través del Amparo Judicial de la Cámara Administrativa Contenciosa de Corrientes.»

“A una mujer no le hacía lugar la obra social para una prótesis de rodilla, después de varios reclamos dicen que no le corresponde porque no está dentro de las prestaciones, entonces iniciamos un amparo judicial en el Juzgado Civil Comercial  y Laboral de Esquina, donde pedimos que se resuelva y una medida cautelar para que se le entregue la prótesis”.
“Como argumento para rechazarnos en Esquina el Juzgado manifiesta en su resolución que no corría peligro la vida de la persona, por ende tenía que estarse a lo resuelto por la obra social, entonces decidimos apelar la resolución con recursos, con el cual llegamos a Contencioso Administrativo, la Cámara de la ciudad de Corrientes, primero en queja porque no nos hicieron lugar al recurso, después fuimos con la apelación, como medida cautelar innovativa, Contencioso Administrativo le hizo lugar para que la obra social entregue el 100% de todos los insumos que necesita el médico para la operación de rodilla de mi cliente”.
“Era prótesis nacional, hay en el mercado pero no estaba dentro de los elementos que la obra social entregaba, los insumos quedaron atrasados desde hace muchos años, quedaron anticuados los productos que se entregan de la obra social, tendría que haber una renovación de los productos, una actualización, de ese modo de manera preventiva, con una cautelar innovativa hicieron lugar a la entrega de la prótesis que estaba solicitando el médico tratante y todos los insumos de la operación”.
“Vi mucha gente que está necesitando, no es la primera vez que escuchaba entonces decidimos iniciar la acción correspondiente y ver cómo era el curso del proceso, sentar un precedente para Esquina según el médico muy importante porque tuvo varios pacientes en Esquina que decidieron no optar por un amparo y pagar  su prótesis, las cual es muy costosa, más de $200,000, se logró que se tome los insumos,  cuenta con la prótesis y los insumos para la operación”.

RESOLUCION Nº 33, CORRIENTES, 10 DE MARZO DE 2022. 
Por ello, SE RESUELVE: 
1°) HACER LUGAR al recurso de apelación deducido por la parte actora a fs. 27/30 y. en consecuencia revocar la Resolución Nº 02 de fecha 06.08.2021, por los fundamentos dados. 
2º) CONCEDER la medida cautelar innovativa solicitada por la amparista, ordenando al Instituto de Obra Social de la Provincia de Corrientes, que reconozca a la amparista el 100% de los implantes solicitados por el médico tratante Dr. Ariel Andrés Solís, mientras se tramite el presente proceso y hasta tanto recaiga sentencia definitiva, pasada en autoridad de cosa juzgada. A tal fin líbrese oficio, previa caución juratoria que deberá prestar la requirente en la instancia de origen, para responder por los daños y perjuicios que la medida pudiere causar si hubiere sido pedida sin derecho. 
3°) VUELVAN las actuaciones a origen fin del cumplimiento de la medida ordenada por el organismo demandado y de la notificación de la presente a la Fiscalía de Estado, conforme lo imponen las previsiones del art. 43, 4to. Párrafo de la Ley 5853, modificada por la Ley N° 6012 (B.O. 18.10.10).
 4°) INSERTAR, registrar y notificar. FDO. Dra. MARTHA HELIA ALTABE, Jueza de Cámara, FDO. Dra. NIDIA ALICIA BILLINGHURST DE BRAUN, Presidente de Cámara.
Abogada-Secretaria Actuaria Dra. CAROLINA DANIELA VEGA CURI Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Electoral-Poder Judicial Provincia de Corrientes.

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