Un abogado del foro local denunció al fiscal Javier Mosquera por presuntas expresiones ofensivas durante una audiencia judicial en Esquina, pero la Fiscalía General rechazó el planteo por falta de pruebas.
La Fiscalía General del Poder Judicial de la Provincia de Corrientes resolvió no hacer lugar a la denuncia presentada por un abogado local, quien solicitó el control de la actuación del fiscal Javier Gustavo Mosquera, titular de la Unidad Fiscal de Investigaciones Concretas de la ciudad de Esquina.
La presentación fue realizada el 25 de marzo pasado en el marco de la causa LIF N° 85259/25, en la cual el Dr. denunciante actúa como defensor del imputado Marcelo Andrés C.. El abogado alegó que, tras la audiencia de control de prueba celebrada el 12 de marzo ante el juez Jorge Gustavo Vallejos, fue objeto de agresiones verbales por parte del fiscal Mosquera, a quien acusó de expresarse en términos ofensivos y discriminatorios, solicitando su apartamiento de todas las causas donde él intervenga.
El fiscal Mosquera negó categóricamente los hechos imputados y ofreció como prueba el registro audiovisual de la audiencia, además de testimonios del juez Vallejos, la Dra. Carmen Oviedo Lubary y el Dr. Luis Bertón. Asimismo, solicitó el rechazo de la denuncia por considerarla “manifiestamente improcedente”.
Tras analizar el material probatorio, la Fiscalía General, a cargo del Dr. César Pedro Sotelo, concluyó que no se verificaron los extremos denunciados por el doctor, ni se evidenció una actuación indebida por parte del fiscal Mosquera. En tal sentido, descartó que se haya vulnerado el artículo 85 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia, que establece el respeto y consideración entre magistrados y abogados.
En su resolución, el Dr. César Pedro Sotelo sostuvo que la denuncia carece de sustento fáctico y que los hechos se apoyan únicamente en los dichos del denunciante, sin respaldo en pruebas objetivas.
Por lo tanto, se resolvió:
- No hacer lugar al planteo formulado por el Dr. contra el fiscal Mosquera.
- Notificar la presente decisión a las partes por medios telemáticos.
La resolución reafirma la importancia del respeto mutuo entre actores del proceso judicial y la necesidad de fundar toda denuncia en pruebas objetivas y verificables.