Los fiscales Fabiana León y Nicolás Codromaz pidieron cuatro años y ocho meses de prisión para el exministro de Planificación Julio De Vido y cuatro años y seis meses para su mano derecha, el exfuncionario Roberto Baratta, por el delito de fraude al Estado, en el marco del juicio oral por las presuntas irregularidades en la compra de Gas Natural Licuado (GNL) en 2008, durante el primer gobierno de Cristina Kirchner.
Como consecuencia jurídica de la acusación, los fiscales solicitaron la inhabilitación perpetua para ambos.
Este expediente es un desprendimiento de la causa GNL en la que tanto De Vido como Baratta, junto con la expresidenta Cristina Kirchner, habían sido sobreseídos en 2022, pero que luego fue reactivado a partir de nuevas pruebas surgidas de las declaraciones del falso abogado Marcelo D’Alessio.
En el centro de la acusación fiscal, expresada durante los alegatos, se encuentran los pagos de comisiones “innecesarias e injustificadas” a YPF, por un lado, y, por casi 4,8 millones de dólares, a las empresas vinculadas a la familia Dromi, Diligentia S.A. y Dysan S.A., que habrían intervenido como brokers en la compra de once cargamentos de GNL entre abril de 2008 y agosto de 2009, en el marco de un programa diseñado para enfrentar la crisis energética de aquellos años.
En total, el perjuicio al Estado ascendería a más de 5 millones de dólares. La fiscal León pidió que se traben embargos para cubrir y eventualmente restituir los fondos.
Según los fiscales, la intervención de las empresas en la operatoria no fue respaldada por ningún informe ni estudio comparativo que la justificara. Tampoco surgió documentación que detallara cuál era el rol específico de compañías sin expertise en el rubro, en el marco de una operatoria en la que los contactos entre ENARSA, encargada de llevarla adelante, y los proveedores —como Morgan Stanley— ya estaban establecidos de antemano.
“No hay ninguna prueba de qué valor aportó la intermediación de Dromi”, remarcó el fiscal Codromaz en varios tramos de su exposición frente al los jueces del TOF 7, Enrique Méndez Signori, German Castelli y Fernando Canero.
Los fiscales también acusaron de ser participe necesario en el delito a Nicolás Dromi -miembro de las sociedades e hijo del exfuncionario de Carlos Menem, Roberto Dromi- y pidieron que cumpla una pena de cuatro años de prisión.
“Se trató de una conducta sostenida en el tiempo, documentada, advertida por organismos de control y nunca corregida por quienes tenían la potestad, la capacidad y la obligación de impedirla”, agregó la fiscal León, en alusión a De Vido y a Baratta, quien, en tanto subsecretario de Coordinación y Control de Gestión dentro del ministerio, era titular de la unidad ejecutora del programa y tenía competencias operativas directas en la compra del recurso.
“Baratta y De Vido se encontraban en una posición institucional de garantías respecto del uso eficiente de los fondos públicos que se habían canalizado al PET”, sumó Codromaz.
Sostuvo que la intermediación de las firmas investigadas encareció el precio final del producto, con una comisión que, incluido el IVA, alcanzó un 8%. Ese porcentaje, remarcó, fue “exagerado y desproporcionado”.
En la misma línea, advirtió que la participación de esas compañías en los contratos “no fue técnica ni indispensable; al contrario, resultó totalmente innecesaria y onerosa”.
Los fiscales destacaron que Enarsa estaba sometida a directivas políticas del Ministerio de Planificación, lo que implica que De Vido tenía una posición activa y determinante en el funcionamiento y control de la empresa.
El exministro, remarcaron, no podía desentenderse de la operatoria, ni por sus funciones, ni por el impacto presupuestario que esos cargamentos tenían en las partidas del ministerio.
En total, entre los seis cargamentos comprados a Repsol y gestionados por YPF, y los cinco restantes adquiridos a Gas Natural y Morgan Stanley, y gestionados por las firmas de los Dromi, la operatoria superó los 360 millones de dólares.
“Han mostrado tolerancia omisiva que han permitido que se pagaron estos servicios totalmente innecesario y desproporcionados”, repitió Codromaz que expuso durante casi 4 horas.
El presidente de Enarsa de aquel entonces, Juan José Espinoza, falleció antes del juicio. “Si siguiese vivo, estaría sentado y sería unos de los principales acusados”, dijo el fiscal.
El entramado legal y las normativas vinculadas al programa permiten la acción de terceros en el proceso de compra, pero, a visión de los fiscales, su acción fue innecesaria en este caso, además de irregular, por lo montos pagados que se pagaron. “Fueron sobrecostos evitables”, dijo una y otra vez el fiscal Codromaz.
Sobreseimientos
El tramo central de la causa estuvo marcado por un peritaje oficial que fue cuestionado y luego declarado inválido por la Justicia. Fue realizado por David Cohen, un inginiero que enfrenta un juicio oral por falsedad ideológica.
El expediente fue clave para que el fallecido juez Claudio Bonadío y el fiscal Carlos Stornelli retuvieran la causa Cuadernos, de la que formaba parte en un comienzo, y cuyo juicio oral comenzará en noviembre de este año.
Cristina Kirchner fue sobreseída por el juez Julián Ercolini en 2022, luego de la Cámara revocara la decisión de Bonadío de procesarla por asociación ilícita y defraudación.
La causa estuvo a punto de cerrarse, pero las declaraciones que el falso abogado Marcelo D´Alessio -hoy condenado en primera instancia a 13 años de prisión- hizo ante el fiscal Carlos Stornelli, le dieron nueva vida a este tramo.