El proyecto de Carlos Oviedo fue Ingresado en la Sesión del 29/09/2021, Programa a cumplirse obligatoriamente desde su sanción. 35 espacios públicos y 35 monumentos en reconocimiento a Personalidades, atractivos o referencias Culturales y Turísticas de nuestra idiosincrasia.
LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ESQUINA, REUNIDA EN CONCEJO
ORDENA:
ART. N° 1°: La presente Ordenanza crea el “PROGRAMA MUNICIPAL de DEPORTE, de RECREACIÓN “SOCIO – COMUNITARIA y de REVALORIZACIÓN CULTURAL”, para su aplicación en todas las Plazas Principales, Plazoletas, Espacios Verdes y Recreativos existentes en el Departamento de Esquina, Provincia de Corrientes, conforme lo estatuido en los Artículos N° 52 y 53 de la Carta Orgánica Municipal.
ART. N° 2°: Para la instrumentación del “PROGRAMA MUNICIPAL de DEPORTE, de RECREACIÓN “SOCIO – COMUNITARIA, de REVALORIZACIÓN CULTURAL y TURÍSTICO”, se adopta el Registro de las siguientes Plazas Principales, Plazoletas, Espacios Verdes y Recreativos existentes en el Departamento de Esquina, Provincia de Corrientes, a saber:
ESPACIOS PÚBLICOS – ESPACIOS VERDES y RECREATIVOS:
(Relevamiento)
1) Plaza 25 de Mayo.
2) Plaza 9 de Julio.
3) Espacio Paseo San Martín.
4) Plaza Constitución.
5) Plazoleta Almirante Brown.
6) Plazoleta Carlos Morel.
7) Espacio Verde frente a P. Carlos Morel.
8) Espacio Verde Choro Camacho.
9) Plaza Pescio.
10) Plaza Malvinas Argentinas.
11) Plaza San Martín.
12) Espacio Verde “La Ribera Pato – S.A.S”. (A/N).
13) Plazoleta Dr. José A. Ferreira (Guayquiraro).
14) Plazoleta de la Identidad (Malvinas).
15) Plaza Principal Bicentenario.
16) Espacio Verde – Complejo Anexo Bicentenario.
17) Espacios Verdes B° Cooperativa I margen izquierdo.
18) Espacios Verdes B° Cooperativa I margen derecho.
19) Plaza Principal B° 90 Viviendas I y II.
20) Plazoleta B° Mancini.
21) Espacio Verde B° 128 Viviendas.
22) Espacio Verde B° 12 Viviendas (M. Hna. Máxima)
23) Plazoleta y Espacio Verde B° Obras Sanitarias.
24) Plazoleta y Espacio Verde B° Bello Horizonte.
25) Plazoleta B° 100 Viviendas.
26) Plazoleta Bº 80 Viviendas.
27) Espacio Verde Cooperativa II (CIC).
28) Espacio Verde del B° La Providencia.
29) Espacio Verde Curva San Cayetano
30) Espacio Verde C. Carreras y Ruta Nacional N° 12.
31) Espacio Verde Monumento a Cristo – Acceso Sur.
32) Espacio Verde Av. Héroes de Malvinas, Benedicto Barrios y Páscuale Batista.
33) Plazoleta Matadero Municipal.
34) Plazoleta Anexo Bº Bicentenario sector nuevo.
35) Plazoleta Bº 45 Viviendas Ferre y Ruta 12.
ART. N° 3°: INSTAURAR como reconocimiento para la Revalorización Cultural de la Ciudad de Esquina, los siguientes “Monumentos Artesanales” que se deberán construir, según la nómina descriptiva que se nomina precedentemente:
1) Papa Francisco.
2) Fiesta Nacional del Pacú.
3) Payaso – Ernesto Ramos – Escuela Milessi.
4) Diego Armando Maradona.
5) Hna. Máxima Guzmán.
6) Ñatiu Polaina.
7) Dr. Héctor Pelón Bianchi.
8) Fiesta de la Torta Caracucia.
9) Fiesta del Carnaval.
10) Fiesta de la Sandia.
11) Fiesta de la Identidad Malvinas.
12) Pescador.
13) Gaucho – Peón Rural.
14) Fiesta Patronal de Santa Rita de Casia.
15) Gaucho Gil.
16) Leolina Silgueira
17) Ramona Galarza
18) Negro Guzmán.
19) Factora Nicolasa Rettori.
20) Gladys Cardozo.
21) Armando Nelli.
22) Carlos Longa.
23) Yayo Plano.
24) El Pinin.
25) Juan Brunengo
26) Eduardo Barrios (navegante).
27) Argentino “Titino” Segovia.
28) Petaca Romero.
29) Perro Blaqui.
30) Dr. Prof. Carlos Obregón – “Don Tito”.
31) Unión de los Ríos Corrientes y Guayquiraro.
32) Chámame Puerto Esquina.
33) Antolín Segovia.
34) Enri Matto.
35) Lucio Bogado.
Adjunto a la presente Biografías y Referencias de los 35) Ítems nominados.
ART. N° 4°: APROBAR el “Mapa Oficial de Esquina en lo referente la Ubicación, Actividades Deportivas y Recreativas” inherentes al “PROGRAMA MUNICIPAL de DEPORTE, de RECREACIÓN “SOCIO – COMUNITARIA y de REVALORIZACIÓN CULTURAL”, para su aplicación en todas las Plazas Principales, Plazoletas, Espacios Verdes y Recreativos existentes en el Departamento de Esquina, que se anexa a la presente en (una foja).
ART. N° 5°: ESTIPULAR el Desarrollo de Actividades Deportivas y Recreativas, según la capacidad de las Plazas Principales, Plazoletas, Espacios Verdes y Recreativos existentes en el Departamento de Esquina, dando prioridad a los: Niños, Adultos Mayores y Discapacitados, conforme a la propuesta y señalización de actividades que se mencionan seguidamente:
– Iniciación Pre – Deportiva: Capacidades y habilidades similares a los deportes de manera global, denominados mini deportes.
– Juegos de Iniciación: simplificación del deporte que se quiere enseñar con reglas básicas, iniciación de las actividades deportivas.
– Juegos Fundamentales: sirven para enseñar fundamentos mas técnicos y básicos al deporte que se quiere enseñar.
– Deportes Reducidos: actividades en base a situaciones que demande el deporte que se enseña.
– Actividades Aeróbicas: para el desarrollo y cualidades físicas, para el perfeccionamiento de la ejecución motriz: Caminatas y Trotes, etc.
– Juegos y Deportes: atendiendo tanto a las actividades individuales y grupales.
– Juegos Deportes Recreativos y Juegos de Competición.
– Danza y Expresión Corporal: por un lado como expresión corporal y por otro como el aprendizaje de bailes autóctonos, bailes modernos, zumba, diversas danzas, preferentemente impulsar el Folklore, etc.
ART. N° 6°: FACULTAR AL D.E.M., a Crear la Partida Presupuestaria del “PROGRAMA MUNICIPAL de DEPORTE, de RECREACIÓN “SOCIO – COMUNITARIA y de REVALORIZACIÓN CULTURAL “y la modificación del Presupuesto 2021 para la inmediata implantación del mencionado Programa Municipal, teniendo en cuenta su impacto Social, Deportivo – Recreativo y Cultural, en cumplimiento de lo estipulado en la C.O.M., en su Artículo N° 53 inciso “d.
ART. N° 7°: La Aplicación y Funcionalidad de las Prácticas Deportivas y Recreativas, se establecerán en un Cronograma Especial Anual donde se precisarán las actividades asignadas a cada Espacio Público, su Ubicación específica, Días y Horarios a desarrollarse periódicamente cada disciplina deportiva y recreativa.
ART. N° 8°: Para la elaboración de los Monumentos Ilustrativos y de Reconocimiento previstos en el Artículo 3° de la presente, la Municipalidad de Esquina deberá proporcionar toda los materiales y logística necearías para su pronta ejecución.
ART. N° 9°: FACULTAR a la Secretaria de Turismo de la Municipalidad de Esquina, la formulación de un Circuito/s Turístico/s basado en el “PROGRAMA MUNICIPAL de DEPORTE, de RECREACIÓN “SOCIO – COMUNITARIA y de REVALORIZACIÓN CULTURAL”, con la finalidad de dar a conocer la importancia de los Monumentos
Artísticos, sus pertinentes referencias Históricas y Culturales, potenciar y proporcionar de esta forma un atractivo alternativo para los visitantes que eligen a Esquina como destino turístico.
ART. N° 10°: El órgano de aplicación del pertinente: “PROGRAMA MUNICIPAL de DEPORTE, de RECREACIÓN “SOCIO – COMUNITARIA y de REVALORIZACIÓN CULTURAL”, son de forma conjunta la Secretaria de Turismo, Direcciones de Deportes y Cultura de la Municipalidad de Esquina.
ART. N° 11°: RECONOCER aportes para la formulación intelectual, material, artística la planificación urbanística y cartográfica (circuitos) del presente “PROGRAMA MUNICIPAL de DEPORTE, de RECREACIÓN “SOCIO – COMUNITARIA COMUNITARIA y de REVALORIZACIÓN CULTURAL” y de REVALORIZACIÓN CULTURAL”, a: – JONATHAN FRANCO LEGUIZA (Estudiante de la Carrera Profesora de Educación física), –JOAQUÍN HERNÁN RAMÍREZ (Agrimensor), –GERMÁN BAUMGARTNER (Mecánico) y LUIS TRAVERSO (Docente).
ART. N° 12°: GIRAR, copia de la presente al D.E.M., a la Secretaria de Turismo, Dirección de Deportes y Cultura Municipal, a la Secretaria de Deportes de la Provincia de Corrientes, al Ministerio de Turismo de la Provincia de Corrientes, a las Personas reconocidas y/o los Familiares y a las Instituciones vinculadas a la iniciativa, para su conocimiento y demás efectos.
ART. N° 13°: DEFORMA.
MPC Carlos Marcelo Oviedo
Presidente HCD – Viceintendente
CLAUSULAS TRANSITORIAS:
1°) Encomendar al D.E.M., a garantizar a través de las áreas competentes, en los Espacios Públicos tales como: Plazas Principales, Plazoletas, Espacios Verdes y Recreativos existentes en el Departamento de Esquina, la infraestructura mínima indispensable y/o el óptimo acondicionamiento para desarrollar las actividades previstas en el presente Programa Municipal. Adjunto fotos de cada espacio público y su estado situacional.
2°) Encomendar al D.E.M., que en el plazo de 30 días de aprobada la presente Ordenanza, se designarán la instauración de los dos Monumentos ya creados y construidos en los espacios que determine la Secretaria de Obras Publicas Municipal, para dar el punta pie inicial del presente Programa (Declarado de Interés Municipal, Educativo, Cultural, Turístico y Recreativo por el H.C.D., (Declaración N° 002/2021).
3°) Agradecimientos Especiales e Institucionales por su colaboración en las Biografías o Referencias del Proyecto, a los Señores: Sr. Víctor Sánchez Hernández, Sr. Álvaro Peña, Sr. Fernando Langraf Cometta , Prof. Eduardo Schweizer, Prof. Javier Herrera, Srta. Selene Leguizamón y a la Sra. Griselda Olivetti.