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Verano en pandemia: Prohíben fiestas de carnaval en Esquina

Autoridades locales anunciaron este jueves que las fiestas carnestolendas están prohibidas en la ciudad de Esquina

Resolución N° 036/2021
VISTO:
La situación epidemiológica actual de la provincia de Corrientes, el informe epidemiológico  del Hospital San Roque de nuestra localidad, las sugerencias emitidas por el Comité de Crisis local y, 
CONSIDERANDO 
QUE, la situación epidemiológica de la Provincia de Corrientes, según informes de las autoridades sanitarias provinciales dan al día 03/02/2021, 21.620 casos acumulados, de los cuales 175 son casos nuevos, 808 casos activos, 20.437 recuperados y 375 fallecidos
QUE, conforme el plan oficial 03/01/2021 brindado por el Hospital San Roque de nuestra localidad, se registran 22 casos activos de Covid-19, de los cuales 7 son nuevos casos con nexo epidemiológico en estudio y 2 pacientes internados en el hospital de campaña de Corrientes Capital,
QUE, frente a esta situación el Comité de Crisis local sugiere la prohibición de realización de FIESTAS CARNESTOLENDAS en nuestra localidad (corsos, banderazo etcétera), en resguardo de la salud de nuestra comunidad,
QUE, de conformidad al artículo 151, inciso 38 de la Carta Orgánica Municipal, es una situación y deber del Intendente Municipal VELAR por la salud pública, de allí que resulta imperiosa la necesidad de contemplar la sugerencia del Comité de Crisis local,
POR ELLO, 
El Intendente Municipal resuelve:
Artículo 1°: DISPONER LA PROHIBICIÓN  de realización de fiestas carnestolendas (corsos, banderazo, etc.) en todo el territorio de jurisdicción del Municipio de Esquina Corrientes, atento a los fundamentos dados ut supra
Artículo 2°: GIRAR copia de la presente la Secretaría de Coordinación General, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Turismo, Dirección de Asuntos Legales, Dirección de Cultura, Sección de Ingresos, al Director del Hospital San Roque, al Tribunal Administrativo de Faltas, a las Comisarías Primera, Segunda, PRIAR y de la Mujer, al Destacamento Prefectura Naval Argentina, al Juez de Instrucción y Correccional de Esquina y al HCD para su conocimiento y demás efectos,
Artículo 3°:  COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL R.M. Y ARCHIVOS.
Esquina Corrientes, 4 de febrero de 2021
Luis Ramón Ojeda Hugo Daniel Benítez Secretario General Coordinador Intendente Municipalidad Esquina

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