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LOCALES

Despacho favorable en Legislatura a la creación del Municipio de Malvinas

Propuesta del Ejecutivo

Las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General y Asuntos Municipales de la Cámara de Diputados de Corrientes dieron despacho favorable al proyecto del Poder Ejecutivo que propone la creación del Municipio de Malvinas. El lugar está ubicado a 85 kilómetros de la cabecera municipal y a más de 120 kilómetros de otras ciudades de importancia.

A principios de noviembre de 2019, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Corrientes presentó un proyecto de ley para la creación del municipio de “Malvinas”, ubicado en el departamento de Esquina.

El Paraje Malvinas se ubica en la Cuarta Sección del Departamento de Esquina, y limita con los departamentos de Goya, Sauce y Curuzú Cuatiá. Se halla a 85 kilómetros de la ciudad de Esquina, cabecera del departamento y municipio del cual depende, y a 120 kilómetros de ciudades cercanas como Pueblo Libertador, Curuzú Cuatiá o Sauce.

El proyecto estuvo en análisis en la Cámara Baja y ahora, las Comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General y Asuntos Municipales emitieron el Despacho 2919 por el cual aconsejan sanción favorable a la creación del Municipio.

Así, el proyecto pasó a «Prensa» con posibilidades de lograr media sanción próximamente.

Se descuenta que la iniciativa logrará aprobación teniendo en cuenta que se trata de una propuesta del Ejecutivo y de la mayoría oficialista en la Cámara de Diputados.

EL MUNICIPIO PROPUESTO

Hace varios años un grupo de pobladores viene reclamando por la creación de un municipio independiente, con planteos a la Legislatura.

En ese sentido, fue el mismo Poder Ejecutivo el que tomó la iniciativa y presentó el proyecto de creación del Municipio de Malvinas.

La base económica de Malvinas es la ganadería, la mayoría de sus pobladores trabajan en actividades de campo.

En la zona se ubican escuelas y una escuela de familia agrícola, así como una subsede del Registro Civil, un destacamento policial y una estación sanitaria.

La distancia a la cabecera del departamento es lo que dificulta a los pobladores malvineros poder satisfacer sus necesidades ya que nunca existió en la zona una delegación municipal.

El proyecto legislativo fundamenta que el artículo 217 de la Constitución provincial establece que todo centro de población con asentamiento estable de más de mil (1.000) habitantes constituye un municipio. La Legislatura puede crear un nuevo municipio cuando el centro poblacional supere los mil (1.000) habitantes conforme al último censo nacional. La misma ley establece la delimitación territorial del municipio a crearse y los recursos que le correspondan.

En concordancia, la Ley N° 6.042 -Orgánica de Municipalidades- en su artículo 4º reconoce como municipios a aquellos que la Legislatura creare cuando un centro poblacional supere los mil (1.000) habitantes conforme al último Censo Nacional de Población aprobado.

“Malvinas es un asentamiento poblacional estable ubicado en la Provincia de Corrientes, que según el último censo tiene más mil habitantes, razón eficaz para que la Legislatura pueda proceder a conferirle legalmente el estatus de municipio y, consecuentemente, esta comunidad pueda establecer su propio orden normativo asegurando los principios del régimen democrático, representativo y participativo, según lo expresa el artículo 219 de la Constitución de la Provincia, y en base a ello organizarse sociopolíticamente» se explicó en los fundamentos del proyecto del Poder Ejecutivo.

Por ello, en el proyecto de Ley se propone crear el Municipio de “Malvinas”, la Provincia de Corrientes. Corresponderán a este municipio los bienes de uso público y privado, los muebles e inmuebles, pertenecientes a las áreas determinadas en el artículo siguiente.

En el Artículo 2º se fija como jurisdicción territorial del Municipio de “Malvinas” la correspondiente a las siguientes áreas censales (según Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda 2010): Radio Censal 02 de la Fracción Censal 08 y los Radios Censales 01, 02, 03, y 04 de la Fracción Censal 09 y los Radios Censales 01, 02 y 03 de la Fracción Censal 10 de la Provincia de Corrientes.

ARTÍCULO 3º.

Se establece que la jurisdicción territorial del municipio de “Malvinas” queda comprendida dentro de los siguientes límites: al Oeste: Municipios San Isidro y Goya, al Norte: Municipio de Curuzú Cuatiá, al Este: Municipio de Sauce, y al Sur: Municipio de Esquina.

En el Artículo 4º se adjudica al Municipio de “Malvinas” la correspondiente alícuota de coparticipación en los términos fijados por la legislación correspondiente.

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