PRODUCCIÓN

Instrumentan beneficios para quienes perdieron sus forestaciones en Esquina y otros diez departamentos

Los damnificados deberán presentar una declaración jurada. Según el caso, accederán a la prórroga del pago de vencimientos de tributos, de créditos y también podrían recibir otros aportes.  

El ministro de Producción, Ing. PA Claudio Anselmo, firmó la Resolución 147/2021 para la instrumentación operativa, a partir del 8 de febrero y hasta el 9 de abril, de la “Emergencia Forestal” para once departamentos de la provincia por los incendios rurales ocurridos entre los meses de marzo y diciembre de 2020. La medida provincial fue declarada el pasado 27 de enero por el gobernador Gustavo Valdés, luego de que fuera recomendada su aprobación el pasado 23 de diciembre de 2020 por la Comisión Provincial de Emergencia Agropecuaria.

El citado decreto, que lleva por número el 178/2021, establece el “estado de emergencia y/o desastre agropecuario” para el sector forestal por el término de un año para los departamentos de Concepción, Esquina, Alvear, General Paz, Goya, Ituzaingó, Mburucuyá, Saladas, San Miguel, San Roque y Santo Tomé. Los incendios acaecidos en el citado período provocaron graves y elevadas pérdidas productivas y económicas en establecimientos forestales de esas zonas de la provincia.

Con la resolución del ministro Anselmo, entró en vigencia entonces la aplicación del decreto provincial y, para su instrumentación operativa, los que pretenden acogerse a los beneficios de la normativa deberán cumplimentar una serie de requisitos establecidos a tal efecto. Para tramitar este paraguas protector, los productores damnificados deberán acreditar su situación mediante la presentación del Certificado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario.

En sus considerandos, la resolución dispone que los productores deberán presentar la Declaración Jurada correspondiente, la que podrá ser entregada en la Dirección de Economía Agraria (DEA) del Ministerio de Producción, con sede en la capital provincial y en la Casa de Corrientes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). También en las delegaciones del interior provincial y en otras oficinas de organismos oficiales y/o entidades vinculadas con el sector forestal que el Ministerio de Producción establezca. 

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