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Lectura: PNA: Recomendaciones de seguridad para navegantes
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LOCALES

PNA: Recomendaciones de seguridad para navegantes

Por EDUARDO SCHWEIZER
Última actualización: 17 de marzo de 2025
9 Lectura mínima
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La Prefectura Naval Argentina, como Autoridad Marítima Nacional, recuerda a todos los navegantes de embarcaciones a motor que tengan en cuenta las siguientes recomendaciones, con el objetivo de prevenir accidentes y preservar la seguridad.
• Ventile el compartimento del motor y las sentinas, preste atención a que no haya combustible derramado, ni olor. Si es así, no encienda el motor.
• Controle que el venteo del tanque de combustible esté abierto.
• Verifique siempre el motor, cada vez que debe ser puesto en marcha, sin omitir detalle alguno
• Chequee las conexiones de la batería
• Respete la carga máxima de su embarcación y la cantidad de personas a bordo, según lo especificado por el astillero. No suba a una embarcación sobrecargada de peso y personas
• Los menores de edad y personas sin carnet habilitante no pueden conducir embarcaciones
• Es importante que timonee su embarcación en una posición donde tenga buena visibilidad, más allá de la proa de su lancha
• Reduzca la velocidad y aumente la distancia al sobrepasar a otras embarcaciones
• Respete a las embarcaciones a remo y a sus navegantes: pasar cerca de ellos puede hacerles perder la estabilidad, lo que atenta contra su seguridad e incluso la vida de sus tripulantes
• Llevar a bordo un chaleco salvavidas, con un silbato adosado al mismo, por cada tripulante. Los menores deben llevarlo colocado
• Como equipo básico y obligatorio de seguridad se deberá portar:
o Bengalas rojas en vigentes
o Remo pala bichero (se aconseja llevar dos, si fuera posible)
o Linterna de mano estanca con pilas en buen estado
o Matafuego a mano, aprobado por Prefectura y con fecha en vigencia
o Balde de achique
o Ancla, cadena y cabo, acorde el tamaño de la embarcación
o Botiquín de primeros auxilios
o Espejo de señales
Deberá tener en cuenta otros equipamientos de acuerdo a la navegación que se realizará, establecidos en el Anexo “A” de la Ordenanza 1/18 Régimen De Las Actividades Náutico-Deportivas.
Para prevenir incendios a bordo, se deberá tener en cuenta:
• No realizar trabajos de limpieza utilizando naftas o combustibles livianos
• Verificar el vencimiento y estado de los extintores de a bordo
• No dejar trapos o estopas sucias, embebidas con grasas o combustibles y, muy especialmente, en zonas próximas a puntos de elevadas temperaturas
• Chequear que no existan filtraciones o goteos de tanques, filtros, tuberías y demás elementos y componentes del sistema de combustible
• Constatar que exista una eficiente ventilación, particularmente cuando la embarcación se encuentra detenida
• Al efectuarse el embarque de combustible deben evitarse los derrames del mismo, muy especialmente hacia el interior de la embarcación
• Comprobar que las aspiraciones y el sistema de achique de sentina funcionen correctamente y se encuentren libres de obstrucciones
• Revisar la correcta aislación térmica de los tubos de escape de motores y que estos se encuentren debidamente alejados de los tanques de combustible
• Se recomienda el empleo de múltiples de escape, refrigerados por agua de circulación
• Evitar la acumulación de suciedad en el motor y sus accesorios, especialmente de grasas, aceites y combustible
• Si se llevan garrafas a bordo, es recomendable el uso de detectores de gases de sala de máquinas y de gas
• Se recomienda el recorrido constante del sistema de cañerías de garrafas, de poseerlo, acorde a la Ordenanza 5/2000 Normas De Seguridad Para La Instalación A Bordo De Artefactos De Uso Doméstico, que utilicen Gas Licuado De Petróleo (GLP)
• Recordar cerrar las garrafas luego de su uso para evitar acumulación de gases en caso de haber una pérdida
• El guardado de tanques de combustibles (nafta), de motores auxiliares, debe hacerse en lugares ventilados, y no en lugares cerrados donde pueda producirse acumulación de gases
• No arrojar colillas de cigarrillos al piso.
Ante cualquier emergencia, no dude en comunicarse al 106 Emergencias náuticas o por canal 16.
• Antes de salir a navegar, chequear el pronóstico del tiempo para la zona que se recorrerá. Estar atento a las alertas meteorológicas y extremar las precauciones en caso de niebla, lluvia o tormenta. Esta información podrá ser suministrada por la dependencia de la Prefectura más cercana al lugar de zarpada o por el Servicio Meteorológico Nacional
• Antes de zarpar, efectuar el despacho correspondiente en la Prefectura más próxima, club náutico o guardería. El mismo consistirá en poner en conocimiento de la autoridad marítima los datos de la embarcación, de la totalidad de las personas que realizarán la navegación, horarios de zarpada y de arribo, zona a navegar, actividades que se llevarán a cabo a bordo y todo otro dato que contribuya a efectuar una rápida localización, búsqueda o rescate en caso de una emergencia. La referida información podrá ser suministrada personalmente, telefónicamente o a través del canal exclusivo para emergencias: Canal VHF 16 (156.800 Mhz)
• Previo a zarpar, verificar que la cantidad de combustible de la embarcación sea suficiente, de acuerdo con el itinerario que se desea realizar
• Comprobar que todas las personas que navegarán tengan un chaleco salvavidas aprobado por la Prefectura. Los menores de edad deben tenerlo colocado, obligatoriamente, durante toda la travesía
• Llevar a bordo el certificado de matrícula de la embarcación y la habilitación náutico-deportiva de la persona que la conduce (carnet de piloto, patrón, timonel o conductor náutico). En caso de no ser el titular de la misma, portar la autorización del propietario, certificada por un escribano público o ante la Prefectura Naval Argentina
• Llevar a bordo los elementos de seguridad exigidos por el anexo “A” de la Ordenanza 1/18 –Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación- de la Prefectura Naval Argentina: de amarre y fondeo, de señalización, de salvamento, de control de averías y lucha contra incendios. Las bengalas y el matafuego deben estar vigentes y en buen estado de uso y conservación
• El conductor de la embarcación no debe ingerir bebidas alcohólicas ni drogas, previo y durante la navegación
• Navegar con precaución y a bajas revoluciones en proximidades de zonas balnearias y de práctica de deportes náuticos. Mantener al menos una distancia mínima de ciento cincuenta (150) metros de la costa donde existan balnearios
• Respetar las velocidades de maniobras y los límites en zonas de riesgo para los navegantes y en canales estrechos de navegación concurrida
• La navegación nocturna está restringida en los espejos y cursos de agua en algunas jurisdicciones. En caso de ser necesario llevar a cabo una navegación de tales características, corresponderá hacer las consultas respectivas en la dependencia jurisdiccional de la Prefectura Naval Argentina, cuyo titular dispondrá o no su realización
• En el caso de riachos, arroyos y ríos de menos de cien (100) metros de ancho, navegar lo más cercano posible a la costa de estribor de la embarcación (derecha)
• Se deben respetar las zonas de seguridad establecidas por la Prefectura. La Institución ha establecido áreas de privilegio para la práctica de las distintas actividades náutico-deportivas en los espejos de agua de cada jurisdicción
• El derecho de paso no depende del tamaño de la embarcación sino de su capacidad de maniobra y calado, siendo el orden de prioridad: veleros, yates, embarcaciones a remo, lanchas y motos de agua. Ante la duda siempre debe primar la razón, el respeto y la cortesía
• En caso de ser sorprendido por una tormenta o mal tiempo no se arriesgue: busque resguardo hasta que pase o modifique su rumbo a fin de evitar esfuerzos estructurales en la embarcación, evitando riesgos para la tripulación.

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